jueves, 7 de septiembre de 2017

¿Cómo registrar mi arma de airsoft?

Cada vez que vendemos un arma a un nuevo jugador, o nos piden información sobre el airsoft, el cliente nos suele hacer la misma pregunta: ¿Ésto necesita algún tipo de licencia?

Como siempre en este blog, vamos a tratar de dar respuesta a vuestras consultas más habituales. Sin duda, esta es una pregunta muy común a la que hay que responder que No es necesaria una licencia como tal pero SI es necesario un registro.

En el año 2013 entró en vigor una ley que obliga a tener registradas todas las armas de airsoft. De este modo desde 2013 todas las armas se deben vender con numero de serie en territorio español.
Están contempladas (al igual que las marcadoras de paintball y las carabinas de aire comprimido) como armas de 4ª categoría.

Hay que aclarar que el registro de las armas de airsoft (también las podréis conocer como ALD - Armas Lúdico Deportivas) es una competencia municipal, por lo que es cada ayuntamiento el que fija los criterios necesarios y establece las tasas correspondientes. Por tanto os podéis encontrar un municipio con tasas elevadas y otro municipio vecino con tasas mucho mas bajas (incluso gratuitas). También hay que destacar que según el municipio, pueden variar los requerimientos. En todo caso, el registro solo podemos hacerlo en el municipio donde estemos empadronados. También es importante aclarar que es la policía municipal (recordad, es una competencia municipal) y no la Guardia Civil la encargada de realizar el registro en la mayoría de ayuntamientos.

Los requisitos por norma general son los siguientes.

-Que tu arma tenga nº de serie: Todas las tiendas estamos obligadas en España a vender armas con nº de serie único y reflejarlo en la factura. Desde 2013 en Airsoft Montequinto así lo hacemos. Si tienes un arma anterior a 2013 o por cualquier motivo tu arma no tiene numero de serie, tendrás que llevarla a un armero para que la marque. En prácticamente todas las ciudades grandes puedes encontrar un armero para el marcaje, y su precio oscilará según la zona. En la zona de Sevilla el precio ronda los 15€.

-Tener factura del arma, en la que se refleje el número de serie: Si no tenemos factura del arma, o en la misma no aparece el numero de serie reflejado por ser anterior a 2013, tendremos que consultar en nuestra oficina municipal, ayuntamiento o policía local. Con un poco de suerte quizás nos permitan presentar una declaración jurada sobre la propiedad del arma. Si la factura no consta a nuestro nombre, tendremos que presentar también un contrato de compra-venta en el que figuren las identidades de las dos partes.

-Hojas de registro: Es necesario aportar las hojas de registro. Normalmente son una hoja de color blanco y otra de color amarillo divididas en tres tarjetas recortables. Estos documentos lo rellena el funcionario correspondiente por lo que no es necesario que el titular las cumplimente.





-Documentación: Tendrás que presentar tu DNI, NIE o pasaporte para registrar el arma a tu nombre. En algunos municipios también es posible que te soliciten una fotocopia del mismo.

-Ser mayor de 14 años: Aunque las tiendas no vendemos armas de airsoft a menos de 18 años, el registro se puede realizar a partir de los 14 años. Se entiende que el tutor legal ha de permitirlo.

-Resguardo del pago de tasas: Lo más común es que el pago de las tasas de arma de 4º categoría se realice en tu ayuntamiento u oficina municipal. Una vez pagado, lo normal es que te den el resguardo de pago para poder realizar el registro. Como ya explicamos, aquí el precio puede variar bastante de un municipio a otro.

-Certificado médico: En algunos ayuntamientos pueden solicitar un certificado médico a la hora de realizar el registro. No suele ser habitual.

Con todo eso te tendrás que desplazar por lo general a la comisaria de la policial municipal, donde realizarán el registro de tu réplica de airsoft. El plazo de entrega varía según el municipio.

Nosotros siempre recomendamos ponerse primero en contacto con la oficina de policía para confirmar horarios, confirmar los requisitos necesarios y consultar si hay algún requerimiento especial. Volvemos a insistir en que es una competencia municipal y hay grandes cambios de unos municipios a otros.

Una vez el arma esté registrada te harán entrega de la tarjeta de armas debidamente cumplimentada, que es prudente plastificar para poder llevar siempre encima con nuestras armas a la hora de jugar.

Por último comentar que aunque el registro es municipal, la validez es nacional.
Remarcamos este punto ya que hay mucha confusión al respecto y todavía hay quien piensa que con el registro de su marcadora no puede usarla fuera de su municipio.

Esperamos que esta entrada os haya servido para al menos aclarar vuestras principales dudas

Saludos.





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